Control y prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Ley N° 18.494

oleh: José Luis González

Format: Article
Diterbitkan: Facultad de Derecho 2014-02-01

Deskripsi

<p>Si bien en nuestro país la primera disposición legal que regula conductas referidas al consumo</p><p>y comercialización de estupefacientes es el Decreto – Ley N° 14.294 de 1974, fue recién a finales de la década de 1990 donde comienza un proceso legislativo tendiente a combatir delitos de narcotráfico, terrorismo y lavado de activos.</p><p>La ganancia proveniente de la venta de la droga y otros delitos conexos y su forma de incorporarla al sistema financiero y legitimar su origen (lavado de activos), gestó una nueva forma de prevenir y reprimir las noveles conductas delictivas.</p><p>Paulatinamente el legislador amplió el elenco de figuras jurídicas considerados delitos precedentes, se fortalecieron mecanismos de cooperación internacional entre Estados, se crearon listas de personas físicas y jurídicas obligadas a informar operaciones sospechosas, se tipificaron delitos de naturaleza terroristas, se intensificaron controles a las instituciones bancarias, y se incorporaron nuevas técnicas de investigación, y mecanismos de disminución o exoneración de responsabilidad mediante acuerdo con los indagados.</p><p>Esta proliferación de leyes en procura de combatir el crimen organizado, fundamentalmente en relación al comercio de la droga, el combate al terrorismo y el lavado de activos se inscribe en el marco del cumplimiento de compromisos internacionales.</p>